El tercer trimestre cierra el 20 de octubre y prepararlo bien no es solo cuadrar números antes de presentar el Modelo 303 o el Modelo 130. Es la oportunidad perfecta para revisar cómo va el año, detectar desviaciones y tomar decisiones antes de finalizar el año.
En esta guía encontrarás un checklist paso a paso para que el cierre del tercer trimestre no te pille desprevenido y tengas margen para efectuar cambios.
¿Qué obligaciones fiscales tiene un autónomo en el 3T?
El tercer trimestre del año (julio, agosto y septiembre) es uno de los más exigentes para la mayoría de los autónomos porque suele concentrar los meses de menor facturación, con una mayor tensión de tesorería y la presentación de varios modelos tributarios en octubre. Las principales obligaciones son:
- Modelo 303 – Autoliquidación trimestral del IVA. (Raramente en autónomos la liquidación se realiza mensual). Ver guía específica.
- Modelo 130 – Pago fraccionado del IRPF (estimación directa). Ver guía específica.
- Modelo 131 – Pago fraccionado del IRPF (estimación objetiva o módulos).
- Modelo 349 – Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (si aplica).
- Modelo 115 – Retenciones de alquileres de locales (si eres arrendatario y puede existir una exención por parte del propietario).
- Modelo 111 – Retenciones de IRPF de profesionales/trabajadores. (Las facturas que recibes con retención)
Todos ellos tienen como fecha límite el 20 de octubre, salvo domiciliación bancaria, que suele adelantarse al 15 de octubre.
Fechas clave del tercer trimestre
| Fecha | Acción |
|---|---|
| 1 de julio | Inicio del 3T. Buen momento para revisar las desviaciones del 2T. |
| 31 de julio | Cierre del primer mes del trimestre. Revisión de facturación. |
| 1-10 de octubre | Recopilación de toda la documentación del trimestre. |
| 15 de octubre | Último día (habitualmente) para domiciliar los modelos trimestrales. |
| 20 de octubre | Fecha límite para presentar todos los modelos del 3T. |
No esperes al día 18 o 19 para reunir la documentación. Con los festivos de octubre en muchas comunidades autónomas, los días hábiles reales se reducen más de lo que parece.
Checklist contable: lo que debes revisar antes del cierre
Facturas emitidas
- Todas las facturas del trimestre (julio, agosto, septiembre) han sido emitidas, con la numeración y fechas correlativas y registradas en el libro de facturas expedidas.
- Las facturas con retención de IRPF están correctamente calculadas (normalmente al 15%, o al 7% si eres profesional nuevo en los primeros años de actividad).
- Las facturas a clientes de la UE sin IVA tienen consignado el NIF intracomunitario del cliente y la operación exenta está correctamente documentada.
- Las facturas a clientes fuera de la UE sin IVA tienen puesta la coletilla sobre la no sujeción por reglas de localización.
- No hay facturas pendientes de cobro sin registrar.
Facturas recibidas
- Todas las facturas de proveedores del trimestre están registradas en el libro de facturas recibidas.
- Los gastos están vinculados a la actividad y cuentas con la factura completa (no solo el ticket).
- Tienes todas las facturas recurrentes. Suscripciones, suministros, alquiler, seguros, cuotas profesionales, etc.
- Las facturas en moneda extranjera están convertidas al tipo de cambio del día de la operación.
Conciliación bancaria
- Los movimientos de la cuenta bancaria o de la visa profesional coinciden con los registros contables.
- No hay cargos sin identificar ni facturas registradas que no se correspondan con un movimiento real.
- Los cobros y pagos aplazados están correctamente periodificados.
Libro registro
- El libro de ingresos y gastos (estimación directa) o el libro de ventas y compras está actualizado hasta el 30 de septiembre.
- El libro de bienes de inversión refleja correctamente las altas y bajas de activos del trimestre.
Checklist fiscal: impuestos a presentar en octubre
Modelo 303 – IVA
- Suma de bases imponibles y cuotas de IVA repercutido (ventas) del trimestre.
- Suma de bases imponibles y cuotas de IVA soportado deducible (compras y gastos).
- Comprobación de que el IVA soportado corresponde a gastos afectos a la actividad.
- Si el resultado es a devolver, verificar que se declare como IVA a compensar (solo se puede solicitar la devolución en el 4T o si declaras el IVA de forma mensual).
- Revisión de si hay operaciones exentas o no sujetas que deban declararse igualmente.
- Para autónomos en recargo de equivalencia: confirmación de que no presentan el 303 (el IVA se lo carga el proveedor con un recargo en la factura).
Si quieres, tienes una guía específica en este otro post.
Modelo 130 – IRPF (estimación directa)
- Ingresos acumulados del año (enero–septiembre).
- Gastos deducibles acumulados del año (enero–septiembre). (Piensa que puedes incorporar las amortizaciones cada trimestre, no hace falta esperar a final de año).
- Retenciones soportadas acumuladas (las retenciones que hayas efectuado en tus facturas emitidas).
- Pagos fraccionados ya realizados e ingresados en el 1T y 2T.
- Verificar que el cálculo sea correcto: (rendimiento neto acumulado × 20%) − retenciones − pagos fraccionados anteriores. (Las actividades agrícolas, ganaderas y forestales pagan un 2% del rendimiento neto acumulado)
- Si el resultado es negativo o cero, hay que presentar el modelo igualmente mientras estés dado de alta en la AEAT.
Si quieres, tienes una guía específica en este otro post.
Modelo 349 – Operaciones intracomunitarias
- ¿Has realizado entregas de bienes o prestaciones de servicios a clientes de la UE?
- ¿Has recibido servicios de proveedores comunitarios sujetos a inversión del sujeto pasivo?
- Si la suma de operaciones supera los 50.000 € en el trimestre, la periodicidad cambiará a mensual.
Checklist financiero: más allá de los impuestos
El cierre trimestral es más que solamente presentar modelos. Es el momento de revisar cómo está yendo el negocio y realizar cambios si es necesario para que vaya mejor.
Revisión de la tesorería
- ¿Tienes liquidez suficiente para afrontar los pagos de octubre (impuestos + nóminas + proveedores)?
- ¿Hay facturas pendientes de cobro que llevan más de 60 días? Es el momento de activar el proceso de recobro.
- ¿Tienes previsto algún gasto extraordinario en el 4T (inversión, renovación de equipos, formación)?
Comparativa frente al presupuesto anual
- ¿Los ingresos acumulados (enero–septiembre) están en línea con el presupuesto que fijaste a inicio de año?
- ¿Los gastos se han disparado en alguna categoría? ¿Hay alguna partida fuera de control?
- ¿Cuánto queda para cerrar el año? Proyectar los gastos e ingresos previstos durante el 4T ahora te permitirá tomar decisiones antes del 31 de diciembre.
Previsión fiscal de fin de año
- Con los datos del 3T, ¿cuánto IRPF prevés pagar en la declaración anual (junio del año siguiente)?
- ¿Hay margen para adelantar gastos deducibles al 4T y reducir la base imponible?
- Si prevés un resultado mucho mejor que el año anterior, ¿has considerado tener una cuenta de ahorro donde ir poniendo una buena parte de las facturas que cobres para así evitar la gran sorpresa en junio?
Errores frecuentes en el cierre del 3T
- Mezclar gastos personales y profesionales durante las vacaciones. El verano relaja los hábitos. Muchos autónomos incluyen, sin querer o queriendo, gastos de vacaciones o consumos personales en las facturas profesionales de agosto. Esto puede ser un problema en caso de revisión o de una inspección.
- Olvidar facturas de proveedores recibidas en septiembre. Las facturas con fecha de septiembre que llegan en octubre pertenecen al 3T. Intenta obtenerlas todas pero sin llegar a apurar al día 20 porque te falte una factura. Si puedes, no las dejes para el siguiente trimestre, pero tienes hasta la declaración de la renta para introducir el gasto, y tienes 4 años desde la fecha de recepción de la factura para deducirte el IVA.
- No cuadrar las facturas con los movimientos bancarios. Si el IVA declarado no encaja con los cobros reales, Hacienda puede detectar discrepancias cruzando datos con los pagadores.
- Presentar el Modelo 130 sin restar las retenciones acumuladas. Es un error que genera un pago fraccionado mayor del necesario. Las retenciones que te han practicado tus clientes en tus facturas emitidas deben restarse del resultado.
- Intentar domiciliar fuera de plazo. Si quieres domiciliar el pago, el plazo acaba el 15 de octubre, no el 20. Pasado ese día, hay que pagar directamente en la sede electrónica de la AEAT con certificado digital o solicitando un NRC en el banco o en la banca on-line y realizar la presentación en la AEAT con el número de NRC asignado para que Hacienda tenga vinculado el modelo y el pago.
Qué hacer si el resultado es peor de lo esperado
Si al revisar el 3T ves que el año no está yendo como esperabas, aún tienes el 4T para actuar. Algunas palancas:
- Revisar precios y condiciones comerciales antes de cerrar nuevos contratos.
- Retrasar inversiones previstas para este año al siguiente si van a generar gastos deducibles relevantes.
- Verificar si tienes derecho a alguna deducción que no hayas aplicado en trimestres anteriores (en algunos casos se pueden rectificar los trimestres anteriores).
- Hablar con tu asesor fiscal en octubre, no en mayo. Cuanto antes, más margen de maniobra tendrás.
Si el problema es de liquidez y no vas a poder pagar los impuestos en plazo, la AEAT permite solicitar aplazamientos. (Aunque no para todos los impuestos). Es preferible solicitarlo antes del vencimiento que entrar en vía ejecutiva, embargos, etc.
Preguntas frecuentes sobre el cierre trimestral
¿Qué pasa si presento el Modelo 303 fuera de plazo?
Si la presentación es fuera de plazo pero sin requerimiento previo de Hacienda, se aplica un recargo por presentación extemporánea: 1% más otro 1% por cada mes completo de retraso, hasta los 12 meses. A partir del año, el recargo es del 15% más intereses de demora.
¿Puedo compensar el IVA a devolver del 3T en el 4T?
Sí. Si el resultado del 303 es negativo, tienes que compensarlo en la siguiente declaración trimestral. Solo se puede solicitar la devolución en el 4T o si presentas IVA de forma mensual.
¿Qué ocurre si no tengo actividad en el trimestre?
Aunque no hayas facturado nada, en la mayoría de los casos sigues estando obligado a presentar los modelos con resultado cero. No presentarlos puede generar sanciones formales.
¿El Modelo 130 es obligatorio para todos los autónomos?
No. Quedan exentos de presentar el Modelo 130 los autónomos cuyos ingresos proceden en más de un 70% de actividades con retención (es decir, que sus clientes les retienen el IRPF en las facturas). En ese caso, las retenciones ya actúan como pago a cuenta.
¿Puedo incluir una factura del 2T en el 3T?
Sí. Para que el gasto sea deducible tiene que estar dentro del año fiscal, por lo que las facturas de 2026 las puedes registrar durante todo 2026. Para recuperar el IVA, tienes 4 años para deducirte el IVA de una factura, así que puedes deducir el IVA de una factura del 2T en el 3T sin problema. Incluso si encuentras una factura de 2025 que habías perdido, podrías contabilizarla ahora en el 3T y deducirte el IVA. El gasto no se podría disfrutar en 2026 aunque podrías valorar si vale la pena rectificar el IRPF de 2025.
¿Puedo incluir una factura del 4T en el 3T?
No. No puedes incorporar una factura emitida en fecha del 4T en el 3T. Puede ser habitual equivocarse ya que muchas facturas te llegan en los primeros días de octubre y se te podrían colar fácilmente si no vigilas.
Conclusión
El cierre del 3T es un punto de inflexión en el año fiscal. Quien lo afronta con antelación y orden tiene información real para tomar decisiones; quien lo deja para el último día solo tiene tiempo para apagar el fuego.
Usa este checklist como punto de partida, repásalo con calma la primera semana de octubre y, si tienes dudas sobre alguna partida o quieres hacer una previsión de cierre de año, nuestro equipo puede ayudarte a llegar a diciembre con las cuentas claras y sin sustos fiscales.

Economista y consultor empresarial especializado en contabilidad, asesoría fiscal y financiera. Certificado en reporting (IBCS) y gestión empresarial.